Registro de Marca en Panamá 

 
Abogados - Panamá
 
Bienvenido:

Mi nombre es Mónica Alemán y soy el Abogado representante en Panamá.

Me encargaré en forma personal del proceso de registro de su marca.
 
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Su registro de marca se procesará en Panamá a través de los siguientes pasos:

 
Estudio de Factibilidad de Registro   Paso 1. Estudio de Factibilidad de Registro:
El Estudio incluye una búsqueda de marcas similares, además del análisis y recomendación de un abogado sobre las posibilidades de registro.
Paso 1 Precios
 

 
Solicitud de Registro de Marca   Paso 2. Solicitud de Registro de Marca:
Un abogado presentará y tramitará el registro de su marca ante la Oficina de Propiedad Intelectual de Panamá.
Paso 2 Precios
 

Preguntas Frecuentes
  • ¿Existe un plazo para la aprobación del registro de marca?

    El tiempo promedio que toma la aprobación del registro es de 14 meses, si no surgen objeciones ni oposiciones.

     

  • Si registro mi marca en Panamá, ¿estoy protegido en otros territorios?

    No. La protección para las marcas registradas se limita solamente a este país y no se extiende a otros países.

  • ¿Es necesario firmar un poder de representación?

    Se requiere un poder de representación. Debe ser legalizado en el consulado de Panamá.

  • ¿Hay algún beneficio por el uso de la marca previo a la presentación?

    No hay beneficios por el uso de la marca previo a la solicitud.

  • ¿Tendré algún inconveniente en caso de no usar mi marca luego de registrarla?

    Sí. Terceros pueden atacar una marca registrada sobre la base de su falta de uso.

  • ¿Qué tipos de marcas se pueden registrar en Panamá?

    Las marcas registrables en este país incluyen:

    • Nombres
    • Palabras
    • Eslóganes
    • Colores
    • Dispositivos
    • Formas tridimensionales
    • Marcas colectivas
    • Marcas de certificación
    • Marcas de servicios
  • ¿Cuáles son las fases de la solicitud después de haber presentado la marca en Panamá?

    Las fases de la solicitud son tres: examinación, publicación y registro. Todas las solicitudes se examinan de acuerdo a ciertos requisitos. Se comprobará que la marca no sea idéntica o similar a marcas ya registradas. La marca y sus datos detallados pasarán por un proceso de publicación para permitir que terceros se opongan. Si la oposición es superada por el titular de la marca, se concede el registro.

  • ¿Qué tipo de marcas no se pueden registrar?

    marcas contrarias a las leyes morales o el orden público; términos genéricos; nombres, símbolos, banderas de estados, regiones, naciones o de organizaciones internacionales; apellidos; nombres de lugares geográficos; reproducciones o imitaciones de escudos de armas; siglas; marcas que expresen la designación usual o genérica del producto o servicio; figuras o formas tridimensionales capaces de engañar o confundir al público; los nombres de personas o de lugares conocidos por la producción de ciertas mercancías; nombres, seudónimos, firmas y retratos de personas distintas a la que solicita el registro, sin el consentimiento de esas personas; los diseños en las monedas, billetes de banco, sellos que denotan control o garantía usados por el Estado, sellos, estampillas o impresiones fiscales en general; marcas que incluyan medallas, premios, diplomas y otros elementos que den a entender que se ha recibido un reconocimiento a los bienes o servicios correspondientes; marcas que sean similares en términos ortográficos, gráficos, fonéticos, visuales o de diseño a otra marca; marcas que sean idénticas o similares a una marca famosa o reconocida; denominaciones geográficas propias o comunes, mapas, y también sustantivos y adjetivos, incluyendo gentilicios cuando denoten la fuente de los bienes o de los servicios; marcas que consistan básicamente en la traducción española de otra marca que ya se utilice, se conozca, esté registrada o en proceso de registro; marcas que sean reproducciones totales o parciales, imitaciones, traducciones o transcripciones de nombres comerciales conocidos a nivel nacional o internacional; figuras tridimensionales que carezcan de originalidad; nombres animados o que cambien, figuras o formas tridimensionales que sean expresadas por movimiento; letras, números o colores, menos en los casos cuya combinación dé un carácter distintivo; símbolos o marcas usada por las comunidades o las asociaciones indígenas o religiosas, exceptuando los casos en la que la solicitud se realice en su nombre; marcas que empleen referencias a monumentos históricos nacionales Contacte a Marcaria.com para una explicación más detallada de las marcas que no se pueden registrar en Panamá.

  • ¿Panamá utiliza el sistema de Clasificación de Niza?

    Sí. Aquí se utiliza el sistema de clasificación de Niza.

  • ¿Se aplica la Marca Comunitaria para Panamá?

    No. La Marca de la Unión Europea (nombre actual de la Marca Comunitaria) no está vigente aquí.

  • ¿Hay alguna posibilidad de reivindicar el derecho de prioridad en Panamá?

    Sí. Los solicitantes pueden solicitar prioridad si:

    • Su país es signatario del Convenio de París.
    • La solicitud local es al menos 6 meses previa a la fecha de solicitud aquí.
  • ¿Qué debo hacer para cumplir con el requisito de uso?

    Las marcas registradas deben utilizarse dentro de los 3 años de su fecha de registro. El uso puede ser mínimo y debe darse en esta jurisdicción. La marca registrada debe ser utilizada para ventas locales de productos, prestación de servicios y para ventas en línea.

  • Una vez que he registrado mi marca, ¿por cuántos años será válida?

    La duración inicial de un registro es de 10 años a partir de la fecha de solicitud.

  • ¿Cuál será la fecha de renovación de mi marca?

    La fecha de la primera renovación de un registro es 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

  • ¿Es legal utilizar mi marca incluso si aún no está registrada?

    Sí. Una marca no registrada puede usarse legalmente con fines comerciales.


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